TC no Interpreta Constitución y deja abierta Inestabilidad Política

PILATOS

Diversas opiniones han surgido luego de conocerse el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declaró improcedente la demanda competencial sobre los alcances del uso de la incapacidad moral permanente como mecanismo de vacancia presidencial por parte del Congreso de la República.

Si bien la ponencia de Marianella Ledesma proponía declarar procedente la demanda del Ejecutivo, esta no fue admitida gracias a los votos de los magistrados Ernesto Blume, José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Manuel Miranda, quienes consideraron resolver por la “sustracción de la materia”. Es decir que ya “no hay nada que resolver” sobre este tema.

Mientras que la posición en minoría fue sobre un “uso indebido” de esta figura y que debía establecerse los alcances de la misma a través de una resolución colegiada. “Nos quedamos con el enigma de saber ¿Fue correcto haber utilizado esa causal para vacar al señor (Martín) Vizcarra? Es la duda que la historia la tendrá que responder, porque el Tribunal no ha sellado una posición. De igual forma, quienes no apoyaron la vacancia se preguntarán si fue correcto no haber utilizado esa causal”, dijo en conferencia de prensa la titular del TC.

Eloy Espinosa-Salada, uno de los tres magistrados que respaldó la propuesta de Ledesma junto Carlos Ramos, comentó en entrevista con La Mula que el escenario vivido la semana pasada -en la que tuvimos tres presidentes en menos de 10 días- no se debería volver a repetir y que la función del tribunal está, precisamente, en esclarecer los vacíos de la Constitución que dan pie a estas situaciones.

¿Cómo interpreta la votación de sus colegas sobre el caso de la demanda competencial sobre la incapacidad moral permanente?

Lo que ocurrió es que cuatro de nuestros colegas, en tanto y en cuanto el planteamiento original del debate fue en base a la moción de vacancia planteada por el entonces presidente Martín Vizcarra por el caso ‘Richard Swing’, pensaron: ‘Este caso se cerró. Ni siquiera vacaron a Vizcarra; entonces no hay tema qué discutir’. Sobre esta lógica es que se sella jurídicamente la sustracción de materia.

¿Cuál era la posición de los que votaron a favor de la ponencia de Marianella Ledesma?

Nosotros no compartimos el criterio de nuestro colegas porque aquí no se estaba discutiendo un caso concreto, sino hasta donde llegan las competencias del Congreso respecto al control hacia gobierno en función a un tema como la vacancia. Porque, obviamente, la función de un gobierno es desarrollar una política de Estado durante cinco años.

Sin embargo, la figura de vacancia se puede ejercer con cabalidad si se tiene una causal complemente abierta donde puedo meter cualquier cosa y se aprueba con 87 votos del Congreso. Entonces, para nosotros era necesario ir más allá porque es un caso de curso público.

¿Qué cuestionamientos tiene sobre la aplicación de la vacancia presidencial en los dos casos contra Martín Vizcarra?

El intento de vacancia no respondía a parámetros constitucionales y había que constatar si los efectos de corregir la vacancia se habían dado. Nosotros aceptábamos en buena medida desde el momento en que el Congreso cesa a Manuel Merino de sus funciones y siguiendo parámetros constitucionales elige a un nuevo presidente del congreso que es el actual presidente encargado. Ademas, no olvidemos que el mismo Vizcarra se allanó a la última vacancia y felicitó al presidente Francisco Sagasti a penas fue nombrado.

Entonces, ¿cuál era el sentido de su fallo?

El sentido de nuestro fallo era llenar el contenido y establecer un procedimiento frente a un tema que es un riesgo que es palpable para cualquier gobierno del país. El señor Sagasti tiene ocho congresistas de 129, con lo cual mañana hace una fiesta de festejo, la cual se desborda de de gente que hace algo de escándalo. Si el congreso quiere calificar eso como incapacidad moral y tiene los 87 votos se nos va Sagasti.

¿Cree que este escenario es posible a corto plazo?

Tenemos 24 fuerzas políticas que buscan postular en las próximas elecciones; entonces vamos a tener un Congreso divido y es muy posible que suceda como en otros años: que el que quedó segundo en la primera vuelta sea al final el que gane en segunda vuelta la presidencia con el riesgo de tener un presidente o presidenta que no tenga mayoría parlamentaria. Si seguimos teniendo aquí la Espada de Damocles, que no termina de ser sacada, deja el camino abierto para nuevas posibilidades que se puedan presentar en un futuro no muy lejano.

¿Qué piensa de lo dicho por Ernesto Blume, quien declaró más temprano que el concepto de incapacidad moral permanente “no debe estar claro porque depende de cada situación de la peculiaridad”?

Yo respeto la decisión de mis colegas, pero creo que perdimos una oportunidad importante como institución para cumplir con la función que es la razón de ser del Tribunal Constitucional: resolver conflictos y asumir un interpretación vinculantes que evite la existencia de mayores conflictos precisamente por existir algunos vacíos o imprecisiones en el texto de la Constitución.

¿Cuál era la propuesta en la ponencia final de Marianella Ledesma?

La propuesta de Marianella Lesdema iba en el sentido de declarar fundada la demanda porque había un contenido que se le daba para poder aplicar esta incapacida moral permanente. Entonces cotejando este contenido se llagaba a la conclusión de que no habrían seguido parámetros constitucionales para poder establecer esas mociones de vacancia y, por ende, había que declarar nulo algunos actos.

Sin embargo, en el caso de la sucesión presidencial, el mismo congreso había corregido su error porque la censura de la mesa directiva del congreso es una atribución constitucional y legalmente establecida que se ha cumplido a cabalidad en este caso. Entonces ya la situación de Sagasti era inobjetable.

¿Considera que no se apoyó la propuesta de Ledesma porque dejaba abierta la posibilidad de la vuelta de Vizcarra?

Eso estaba descartado de antemano porque la misma propuesta lo decía con claridad que Vizcarra no volvía y en la misma audiencia el procurador del gobierno Luis Huerta nos planteó claramente que ellos no estaban por la vuelta de Vizcarra. Ellos proponían el esclarecimiento de cual era el contenido de esta cláusula de vacancia para no tener una situación de inestabilidad presidencial en el futuro. Estaba muy claro para todos que aquí no estaba en juego la vuelta de Martín Vizcarra a la presidencia de la República.

¿En qué escenario hemos quedado tras este fallo del TC?

Hemos dejado expensas de cualquier Congreso a un presidente que vaya a ganar las elecciones. Especialmente, si este presidente no tiene mayoría parlamentaria.

 

Fuente: LaMula.pe

Para ver la sentencia completa del TC, descargar en:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2020/00002-2020-CC.pdf

 

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